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Tema: Divorcio -> Categoría: Relaciones -> Autor: PF -> Revisión: 23/07/2008
Nulidad del matrimonio

El matrimonio religioso no queda disuelto, aunque se produzca un divorcio civil. La Iglesia Católica no contempla  dicha posibilidad.

 

Si el matrimonio ha sido religioso, además del proceso civil será necesario iniciar otro ante los Tribunales Eclesiásticos para anular los efectos del enlace dentro de la propia Iglesia.

 

Derecho canónico

 

La Iglesia considera indisolubles los vínculos matrimoniales. Pero si reconoce la posibilidad de que el matrimonio haya sido nulo, en cuyo caso sus efectos también desaparecerían. Se considera en estos casos que el matrimonio nunca llegó a producirse.

 

El Derecho Canónico especifica que los motivos que pueden dar lugar a la nulidad del matrimonio deben ser siempre previos a su celebración, es decir, deben ser hechos graves que fueron ocultados a uno de los cónyuges o hechos que impedían la celebración.

 

Para que la ceremonia sea válida no debe existir matrimonio previo y ambos contrayentes deben acudir libremente y tener la suficiente capacidad para juzgar los hechos.

 

Causas de nulidad

 

El incumplimiento de estos principios básicos anularía el matrimonio, pero también otras circunstancias como las siguientes:

 

·  No poseer la edad suficiente: 16 años en los hombres y 14 años en las mujeres.

 

·  Por existencia de consanguinidad o afinidad hasta segundo grado entre los contrayentes.

 

·  Si uno de los contrayentes acude al matrimonio con miedo, coaccionado, obligado o no conociendo la trascendencia de sus actos.

 

·  Si uno de los cónyuges ocultó algún rasgo de su persona al otro y éste puede condicionar la vida matrimonial.

 

·  Si uno de los contrayentes no está bautizado o tiene un voto de profesión católica.

 

·  Si el matrimonio no se ha consumado o uno de los contrayentes tiene incapacidad previa para consumarlo.

 

·  Si uno o ambos contrayentes no tienen las suficientes capacidades intelectuales para decidir sobre su vida.

 

·  Si uno de los contrayentes cometió crimen o secuestro con el fin de celebrar el matrimonio.

 

Observaciones

 

Algunas de las causas que impiden o anulan el matrimonio católico pueden ser exculpadas mediante una dispensa papal que permita la celebración. Se suele conceder, por ejemplo, cuando los contrayentes no pertenecen al mismo culto religioso.

 




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