Divorcio Contencioso
Puede
ser solicitado por uno solo de los cónyuges, transcurridos tres meses desde la
celebración del matrimonio, sin consentimiento del otro y sin necesidad de
alegar ninguna causa. El tiempo será menor si existe algún riesgo para la vida,
la integridad física o similar.
Se presenta ante el Juez
una demanda de divorcio frente al otro cónyuge y una propuesta referida a la
custodia de los hijos y a la repartición de los bienes
materiales.
|